REGLAMENTO GENERAL PARA LAS COMPETENCIAS DE LOS CAMPEONATOS NACIONALES DE REGULARIDAD EN RUTA Y EN CIRCUITO “Sr. Albino Olmos” C.U.A.S. 2016

Artículo 1º: ORGANIZACION.

El Club Uruguayo de Automóviles Sport (CUAS), organiza los Campeonatos Nacionales de Regularidad 2016, de Automóviles Sport e Históricos, para socios del Club, invitados por la Comisión Directiva, y para aquellos vehículos y participantes que cuenten con la aprobación de la Comisión de Admisión; que se regirán por el CDI de la FIA, el RDN de la FUAD, el presente Reglamento General, y los Reglamentos Particulares de cada Prueba. Las pruebas serán fiscalizadas por la Federación Uruguaya de Automovilismo Deportivo (F.U.A.D.).

Artículo 2º: DESARROLLO, PRUEBAS PUNTUABLES, ADMISIBILIDAD y PUNTUACION.

  1. DESARROLLO:

Se realizarán los siguientes campeonatos por separado:

A-1) Modalidad VELOCIMETRO en Ruta:

  • Regularidad Pilotos con hasta 9 fechas. Se premiaran los 3 primeros puestos.
  • Regularidad Copilotos con hasta 9 fechas. Se premiaran los 3 primeros puestos.

A-2) Modalidad VELOCIMETRO STANDARD en Ruta:

  • Regularidad Pilotos con hasta 9 fechas. Se premiaran los 3 primeros puestos.
  • Regularidad Copilotos con hasta 9 fechas. Se premiaran los 3 primeros puestos.

A-3) Modalidad ODOMETRO en Ruta:

  • Regularidad Pilotos, con hasta 9 fechas. Se premiaran los 3 primeros puestos.
  • Regularidad Copilotos, con hasta 9 fechas. Se premiaran los 3 primeros puestos.

A-4) Modalidad REGULARIDAD en Pista:

  • Regularidad para Pilotos y Copilotos, hasta 7 fechas, se premiará al vehículo ganador desde el primero al sexto lugar.
  1. B) PRUEBAS PUNTUABLES:
  • Para el Campeonato de Regularidad en Ruta se consideran las 1000 Millas Sport e Históricos 2016 como 3 fechas.
  • Para el Campeonato de Regularidad en Pista se puntuará en hasta 6 pruebas respectivamente.
  • El Organizador podrá anular, postergar o suspender la realización de alguna fecha o del campeonato por causas de fuerza mayor.
  1. ADMISIBILIDAD:

Serán admitidos para participar en el Campeonato Nacional de Regularidad 2016, los automóviles Sport, los sedanes históricos con una antigüedad mayor a 20 años, y los que a juicio del organizador tengan especial interés para la prueba. Serán considerados sedanes históricos aquellos automóviles cuyos modelos hayan tenido participación destacada en las pruebas nacionales o extranjeras, o que así lo justifiquen por su historia o diseño.

  1. PUNTUACION:

La puntuación para los Campeonatos Nacionales de Regularidad C.U.A.S. 2016, corresponde a la posición obtenida al finalizar cada competencia puntuable para los Campeonatos, en cada una de las categorías ODOMETRO, VELOCIMETRO y PISTA.

D1) CAMPEONATO NACIONAL DE REGULARIDAD EN RUTA:

El campeonato Nacional de Regularidad en Ruta se dividirá en 2 ruedas.

  • La primera serán todas las competencias de ruta efectuadas hasta el 1º de setiembre (con un máximo de 4 fechas). En esta rueda no habrá descartes.

En ambas ruedas se puntuará cada fecha de la siguiente manera:

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Para la definición de la primera rueda no habrá desempate. El puntaje se asignara de acuerdo a la posición obtenida. Por ejemplo: si hay dos primeros puestos; ambos llevarán 40 puntos para la segunda rueda y el siguiente clasificado llevará 36 puntos, y así sucesivamente para cualquiera de las posiciones que haya empate.

 

  • La segunda rueda, serán todas las fechas de regularidad en ruta a partir del 1 de setiembre hasta el final del Campeonato Nacional de Regularidad en Ruta, con un máximo de 5 fechas.

Los competidores iniciaran la segunda rueda del campeonato con los siguientes puntos de acuerdo a la clasificación obtenida en la primera parte.

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A partir del puesto 17 todos los participantes que hayan obtenido puntos en la primera rueda del campeonato iniciaran la segunda con un punto.

El campeonato se definirá por quién obtenga el mayor puntaje tomando en cuenta los puntos iniciales de la segunda rueda (VER ARRIBA CUADRO DE PUNTUACION INCIAL DE LA SEGUNDA RUEDA) más la suma de los puntos obtenidos en cada competencia de la segunda rueda y más los puntos por presentación en las pruebas de la primera rueda.

Para la segunda rueda se descartará el peor resultado obtenido, sin afectar los puntos obtenidos por presentación.

Se otorgarán 10 (diez) puntos extras por presentación, para ambas ruedas, siempre que se contabilice en el reloj de carrera por lo menos los autocontroles, autocontroles secretos y los controles secretos, correspondientes a (3) tres PC de la hoja de ruta de la competencia respectiva, y respetando el tiempo de carrera asignado al competidor.

Para puntuar para el campeonato, tanto los puntos obtenidos por clasificación como los puntos de presentación se deberá realizar como mínimo las dos terceras partes de los P.C. indicados en la hoja de ruta de cada fecha. Para el resultado de dicho calculo se dividirá la cantidad de pc entre tres y se multiplicará por dos, tomándose en cuenta solo la parte entera de la operación (no se incluirá la parte decimal).

Desempates:

Para el campeonato nacional de regularidad en ruta (odómetro y velocímetro) al de mayor puntaje de la suma de las dos ruedas del campeonato, más los puntos por presentación.

De continuar el empate, quien tenga la menor penalización, sin descartes, en la sumatoria de todas las competencias.

D2) CAMPEONATO NACIONAL DE REGULARIDAD EN PISTA:

Para el Campeonato Nacional de Regularidad en Pista, se tomaran y sumarán los resultados de todas las tandas de cada competencia. Puntuaran Piloto y Copiloto de acuerdo a la ficha de inscripción, pudiendo alternarse o no en la conducción durante toda la competencia. 

Se otorgarán 10 puntos extras por presentación y cumplimiento de una de las tandas mínimo.

Serán ganadores de los Campeonatos, quienes hayan tenido mayor puntaje, al final de los mismos.

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En caso de empate a la finalización del campeonato, se definirá de la siguiente manera:

  • el mejor ubicado en la general de las 6 Horas.
  • De continuar el empate, quien tenga la menor penalización, sin descartes, en la sumatoria de las etapas de las 6 Horas.

Artículo 3º: TIPOS DE REGULARIDAD

Habrá 3 modalidades diurnas y/o nocturnas:

  1. EN RUTA. (Con TRES categorías) CONTROL DE MARCHA (odómetro), VELOCIMETRO y VELOCIMETRO STANDARD.
  1. EN CIRCUITO.
  1. PRUEBAS COMBINADAS EN RUTA Y PISTA, con TRES categorías CONTROL DE MARCHA (odómetro), VELOCIMETRO, y VELOCIMETRO STANDARD.

Artículo 4º: INSCRIPCIONES:

Las inscripciones se llevarán a cabo en las oficinas del CUAS, Edil Hugo Prato 2325 en el horario de 15 a 21 horas de lunes a viernes.

Los plazos de las inscripciones para participar de las fechas puntuables en los Campeonatos Nacionales de Regularidad CUAS 2016 serán estipulados en cada Reglamento Particular.

Será obligatorio para la inscripción, presentar cedula de identidad, libreta de conducir (vigente), carné habilitante de piloto de la FUAD y/o licencia de FUAD PARA REGULARIDAD. De faltar cualquiera de estos documentos, deberán ser presentados antes de la largada de la competencia, a las autoridades respectivas, las cuales de no mediar impedimento autorizarán la entrega de la hoja de ruta y reloj de carrera respectivos.

     Artículo 5º: PARTICIPANTES:

Participarán hasta dos tripulantes por automóvil, durante el desarrollo de las competencias de regularidad, tanto en circuito, ruta o combinados (de acuerdo al artículo 3º), que serán los que figuren en la ficha de inscripción, y puntuarán para los Campeonatos Nacionales del 2016, y/o para la competencia propiamente dicha, como piloto, el tripulante que conduzca el vehículo y como copiloto, el tripulante que acompañe al piloto en el 100% del recorrido de la prueba respectivamente.

Se exceptúan los casos de regularidad en circuito para los competidores inscriptos en régimen de duplas, las cuales podrán alternar la conducción del vehículo.

El participante que puntúe como Piloto deberá haber manejado el 100 % de la prueba, en todas las modalidades, de Competencia en Ruta.

Los participantes deberán cumplir con las exigencias del C.D.I. de la F.I.A., el R.D.N., y las licencias habilitantes para regularidad expedidas por la F.U.A.D.

El piloto deberá contar con licencia nacional de conductor vigente.

Artículo 6º: INSTRUMENTAL Y EQUIPAMIENTO.

  1. A) Instrumentos y equipamientos, Categoría CONTROL DE MARCHA

(ODOMETRO), para Campeonato Nacional de Regularidad en Ruta.

  1. A.1) Los velocímetros y odómetros deberán ser los originales del modelo y conservar su ubicación original, permitiéndose la modificación y/o reemplazo de sus componentes internos, así como la modificación de las aberturas para visualización de la distancia recorrida. En el caso de vehículos con instrumentos en millas, podrán ser modificados a kilómetros sin alterar su aspecto externo original.

Deben ser de funcionamiento mecánico, conectados al automóvil exclusivamente a través de una tripa en todos los casos. El recorrido de la misma será libre, así como la instalación de dispositivos mecánicos de reducción o de multiplicación, cuya ubicación deberá permitir el sellado de los mismos, no podrá tener “tees” de derivación y deberá ser una sola pieza entera.

Se permitirá la instalación de un velocímetro/odómetro que no corresponda al modelo original del automóvil, dentro de las disposiciones del párrafo anterior y siempre que:

  1. sea el único en funcionamiento a bordo de la unidad.
  1. no supere los 150 milímetros de diámetro externo.
  1. sea de una marca comercial y/o que haya sido equipo original de un vehículo homologable como GPA, o THU, o CUAS.
  1. Cuyo centro esté colocado por debajo del plano inferior horizontal determinado por la base del parabrisas.
  1. Cuyo centro esté colocado a una distancia máxima de quince (15) centímetros del plano vertical determinado por el eje de la columna de dirección.
  1. se encuentre orientado exclusivamente al campo de visión del piloto.
  1. no impida la normal disposición de las manos del piloto en el volante en acciones de viraje o marcha recta.
  1. mantenga la escala original impresa en el mismo.
  1. se permitirá la modificación y/o reemplazo de sus componentes internos, no así de los externos como cuadrante, aguja, abertura, vidrio, etc., por otros originales de un vehiculo homologable como GPA, THU y CUAS.

Velocímetro: Se admitirá un error de hasta un 20% en más entre la velocidad indicada por el instrumento y la velocidad oficial del Libro de Ruta.

Odómetro: Se admitirá un error de hasta un 20% en más entre la distancia medida por el  odómetro y la distancia oficial del Libro de Ruta.

Aquellos vehículos que originalmente cuenten sin parcializador de 100 mts. en el odómetro, podrán adaptar su último dígito para que cumpla esa función.

Aquellos vehículos que originalmente no cuenten con odómetro y el totalizador marque solo en kilómetros, podrán adaptar su último dígito para que cumpla esa función.

Del lado exterior del vidrio o material transparente está permitido el uso de lupas, luces y marcas correctoras y otros elementos o aparatos, que sirvan como apoyo visual de la posición de la aguja o de la marca del odómetro.

  1. A.2) En el caso de cuentarrevoluciones adicionales se permitirá una escala mínima y proporcionalmente constante desde 0 hasta 6.000 RPM, con un error de hasta 20% en más sobre lecturas efectuadas por el verificador técnico con un tacómetro digital. En la posición de 0 RPM la aguja debe apoyarse sobre un tope que impida un giro superior a 360º. Se prohíben los tacómetros digitales.

Se prohíbe cualquier tipo de indicador testigo del lado interno del vidrio del instrumento, así como indicadores luminosos o sonoros del lado externo del mismo.

El diámetro externo máximo de los mismos se fija en 150 milímetros.

Los Cuentarrevoluciones originales y/o adicionales no podrán tener ninguna llave que los desconecte o que cumpla otra función. Su funcionamiento debe ser continuo. La escala debe ser proporcional en todo su cuadrante.

  1. A.3) Queda terminantemente prohibida la utilización de cualquier elemento mecánico, eléctrico, electrónico, o de cualquier otra índole, que conectado al vehículo posibilite mantener, y/o compensar velocidades y medir distancias. Queda totalmente prohibido el uso del cuentavueltas digital.
  1. A.4) Se podrán utilizar relojes de cualquier tipo, calculadoras y/o computadoras, tablas de cálculo de velocidades, de factores de corrección, de permanencia, de recuperación, etc.
  1. A.5) La utilización de instrumentos de medición no prohibidos expresamente en este Reglamento y que no estén conectados al vehículo no está sujeta a restricción de ningún tipo.
  1. A.6) La sincronización de los cronómetros de los participantes con la hora oficial de la prueba sólo se permitirá realizar con el reloj expuesto para tal fin en la Largada.
  1. A.7) Si se reemplazara el velocímetro durante la prueba se deberá hacer entrega del reemplazado a los Comisarios Deportivos, que tendrán la facultad para hacer los controles que crean necesarios.
  1. A.8) Se prohíbe, bajo pena de exclusión, la tenencia en el automóvil de, mediciones de rutas, Hojas de Ruta de pruebas medidas total, o, parcialmente sobre carreteras en las que se desarrolle la competencia, de tablas o planillas que permitan obtener distancias o intervalos en cualquier unidad de medida entre indicadores carteles o referencias de cualquier tipo, que pudiera utilizarse para calcular tiempos entre ellos/as o el que les pudiera corresponder.
  1. A.9) Se permitirá la instalación de instrumental adicional al original que sirva exclusivamente para el control de las funciones del motor.
  1. A.10) No se permitirá el uso de cortinas o similares, así como el oscurecimiento de vidrios.
  1. B) Instrumental y equipamiento Categoría VELOCIMETRO (AGUJA), para Campeonato Nacional de Regularidad en Ruta.
  1. B.1) Los velocímetros deberán ser los originales del modelo y conservar su ubicación original, permitiéndose la modificación y/o reemplazo de sus componentes internos, así como la modificación de las aberturas para visualización de la aguja. En el caso de vehículos con instrumentos en millas, podrán ser modificados a kilómetros sin alterar su aspecto externo original. A los efectos de los Campeonatos Nacionales de Regularidad, los velocímetros digitales originales no podrán tener una marcación equivalente inferior a 1 KPH.

Se admitirá un error de hasta un 20% en más entre la velocidad indicada por el instrumento y la velocidad oficial del Libro de Ruta.

Del lado exterior del vidrio o material transparente está permitido el uso de CAMARAS DE VIDEO, lupas, luces y marcas correctoras, que sirvan como apoyo visual de la posición de la aguja.

  1. B.2) En el caso de cuentarrevoluciones adicionales se permitirá una escala mínima y proporcionalmente constante desde 0 hasta 6.000 RPM, con un error de hasta 20% en más sobre lecturas efectuadas por el verificador técnico con un tacómetro digital. En la posición de 0 RPM la aguja debe apoyarse sobre un tope que impida un giro superior a 360º. Se prohíben los cuentarrevoluciones digitales.

Se prohíbe cualquier tipo de indicador testigo del lado interno del vidrio del instrumento, así como indicadores luminosos o sonoros del lado externo del mismo.

El diámetro máximo de la esfera externa no podrá ser mayor a 150 milímetros

Los Cuentarrevoluciones originales y/o adicionales no podrán tener ninguna llave que los desconecte o que cumpla otra función. Su funcionamiento debe ser continuo. La escala debe ser proporcional en todo su cuadrante.

  1. B.3) Queda terminantemente prohibida la utilización de cualquier elemento mecánico, eléctrico, electrónico, o de cualquier otra índole, que conectado al vehículo y por si solo posibilite mantener y/o compensar velocidades. Queda totalmente prohibido el uso del cuentavueltas digital.
  1. B.4) Se PERMITE el uso de computadores, calculadoras científicas, cámaras de video y otros.
  1. B.5) Se podrán utilizar relojes de cualquier tipo, tablas de cálculo de velocidades, de factores de corrección, de permanencia y de recuperación.
  1. B.6) La utilización de instrumentos de medición no prohibidos expresamente en este Reglamento y que no estén conectados al vehículo no está sujeta a restricción de ningún tipo.
  1. B.7) La sincronización de los cronómetros de los participantes con la hora oficial de la prueba sólo se permitirá realizar con el reloj expuesto para tal fin en la Largada.
  1. B.8) Si se reemplazara el velocímetro durante la prueba se deberá hacer entrega del reemplazado a los Comisarios Deportivos, que tendrán la facultad para hacer los controles que crean necesarios.
  1. B.9) Se prohíbe, bajo pena de exclusión, la tenencia en el automóvil de mediciones de rutas, de Hojas de Ruta de pruebas medidas total o parcialmente sobre carreteras en las que se desarrolle la competencia, de tablas o planillas que permitan obtener distancias o intervalos en cualquier unidad de medida entre indicadores carteles o referencias de cualquier tipo, que pudiera utilizarse para calcular tiempos entre ellos/as o el que les pudiera corresponder.
  1. B.10) Se permitirá la instalación de instrumental adicional al original que sirva exclusivamente para el control de las funciones del motor.
  1. B.11) No se permitirá el uso de cortinas o similares, como así el oscurecimiento de vidrios.
  1. c) Instrumental y equipamiento Categoría VELOCIMETRO (AGUJA) STANDARD, para Campeonato Nacional de Regularidad en Ruta.
  1. C.1) Los velocímetros deberán ser los originales del modelo y conservar su ubicación original, En el caso de vehículos con instrumentos en millas, podrán ser modificados a kilómetros sin alterar su aspecto externo original. A los efectos de los Campeonatos Nacionales de Regularidad, los velocímetros digitales originales no podrán tener una marcación equivalente inferior a 1 KPH.

Se admitirá un error de hasta un 20% en más entre la velocidad indicada por el instrumento y la velocidad oficial del Libro de Ruta.

Del lado exterior del vidrio o material transparente NO está permitido el uso de CAMARAS DE VIDEO, lupas, luces y marcas correctoras, que sirvan como apoyo visual de la posición de la aguja.

  1. C.2) En el caso de cuentarrevoluciones adicionales se permitirá una escala mínima y proporcionalmente constante desde 0 hasta 6.000 RPM, con un error de hasta 20% en más sobre lecturas efectuadas por el verificador técnico con un tacómetro digital. En la posición de 0 RPM la aguja debe apoyarse sobre un tope que impida un giro superior a 360º. Se prohíben los cuentarrevoluciones digitales.

El cuentarrevoluciones original deberá estar fehacientemente desconectado.

Se prohíbe cualquier tipo de indicador testigo del lado interno del vidrio del instrumento, así como indicadores luminosos o sonoros del lado externo del mismo.

El diámetro máximo de la esfera externa no podrá ser mayor a 150 milímetros

Los Cuentarrevoluciones originales y/o adicionales no podrán tener ninguna llave que los desconecte o que cumpla otra función. Su funcionamiento debe ser continuo. La escala debe ser proporcional en todo su cuadrante.

  1. C.3) Queda terminantemente prohibida la utilización de cualquier elemento mecánico, eléctrico, electrónico, o de cualquier otra índole, que conectado al vehículo y por si solo posibilite mantener y/o compensar velocidades. Queda totalmente prohibido el uso del cuentavueltas digital.
  1. C.4) Se PROHIBE el uso de computadores, calculadoras científicas, cámaras de video y otros. 
  1. C.5) Solamente se podrán utilizar relojes CRONOMETRO TIPO AMPOLLITA, y en soporte papel: tablas de cálculo de velocidades, de factores de corrección, de permanencia y de recuperación.
  1. C.6) La utilización de instrumentos de medición no prohibidos expresamente en este Reglamento y que no estén conectados al vehículo no está sujeta a restricción de ningún tipo.
  1. C.7) La sincronización de los cronómetros de los participantes con la hora oficial de la prueba sólo se permitirá realizar con el reloj expuesto para tal fin en la Largada.
  1. C.8) Si se reemplazara el velocímetro durante la prueba se deberá hacer entrega del reemplazado a los Comisarios Deportivos, que tendrán la facultad para hacer los controles que crean necesarios.
  1. C.9) Se prohíbe, bajo pena de exclusión, la tenencia en el automóvil de mediciones de rutas, de Hojas de Ruta de pruebas medidas, total o parcialmente, sobre carreteras en las que se desarrolle la competencia, de tablas o planillas que permitan obtener distancias o intervalos en cualquier unidad de medida entre indicadores carteles o referencias de cualquier tipo, que pudiera utilizarse para calcular tiempos entre ellos/as o el que les pudiera corresponder.
  1. C.10) Se permitirá la instalación de instrumental adicional al original que sirva exclusivamente para el control de las funciones del motor.
  1. C.11) No se permitirá el uso de cortinas o similares, como así el oscurecimiento de vidrios.

Artículo 7º: HANDICAP PARA CATEGORIA ODOMETRO, VELOCIMETRO y VELOCIMETRO STANDARD

7.1) Handicap y recargos para pruebas de ruta:

  • vehículos fabricados hasta el al 31/12/55, tendrán un hándicap de 20%.
  • vehículos fabricados desde el 01/01/56 hasta el 31/12/65, tendrán un hándicap del 10%.
  • Aquellos vehículos fabricados desde el 01/01/66 hasta 31/12/85, tendrán 0 (cero) de hándicap, esto significa que su penalización será exactamente la que surge de la liquidación al final de la etapa.
  • vehículos fabricados entre el 1/1/86 y 31/12/95, tendrán un recargo del 10%.
  • vehículos fabricados entre el 01/01/96 y el 31/12/2005, tendrán un recargo del 15%.
  • Vehículos fabricados con posterioridad 01/01/2006, tendrán un recargo de 20%.

7.2) Handicap y recargos para pruebas de pista:

  • vehículos fabricados hasta el al 31/12/55, tendrán un hándicap de 20%.
  • vehículos fabricados desde el 01/01/56 hasta el 31/12/65, tendrán un hándicap del 10%.
  • Aquellos vehículos fabricados desde el 01/01/66 hasta 31/12/85, tendrán 0 (cero) de hándicap, esto significa que su penalización será exactamente la que surge de la liquidación al final de la etapa.
  • vehículos fabricados entre el 1/1/86 y 31/12/95, tendrán un recargo del 10%.
  • vehículos fabricados entre el 01/01/96 y el 31/12/2005, tendrán un recargo del 15%.
  • Vehículos fabricados con posterioridad 01/01/2006, tendrán un recargo de 20%.

Todos los hándicap y recargos serán tomados de su penalización final luego de haber descontando los descartes.

 EN EL CASO DE BENEFICIARSE CON LOS HANDICAP, LOS VEHICULOS DEBERAN POSEER LA MECANICA ORIGINAL DE FABRICA (MOTOR), DE CONSTATARSE LA NO ORIGINALIDAD DEL MOTOR O CAJA DE CAMBIOS TENDRAN UN HANDICAP 0 (CERO).

Artículo 8º: SISTEMA DE MARCHA Y TIPOS DE CONTROLES Y TOMA DE TIEMPOS.

Para la toma de tiempos en las competencias será utilizado el REGLAMENTO DE USO DE RELOJES.

Los competidores deberán completar el recorrido de las Pruebas por los medios propios de su automóvil o de éste, empujado por su tripulación, no pudiendo ser remolcado ni empujado por ningún otro vehículo o persona, sin excepciones. Solamente será permitido ser empujado hasta 50 metros a los efectos de la puesta en marcha en caso de problemas mecánicos.

La sustitución de un automóvil podrá hacerse hasta media hora antes de la largada oficial de una prueba, debiéndose dar aviso a las autoridades de la misma a efectos de la revisación correspondiente.

8.1) Pruebas Cronometradas (PC):

Son sectores de ruta que deben ser recorridos a una velocidad informada en el Libro de Ruta y que constan de: una largada, referencias con tiempo y distancia (búsqueda con apoyos), y una zona de control dentro de la cual estará el/los controles secretos, autocontroles o autocontroles secretos. Las mismas no podrán ser recorridas por los participantes una vez entregado y/o publicado el Libro de Ruta.

El Organizador podrá colocar banderas amarillas, bandas amarillas o carteles indicadores como referencias.

Podrán ser nocturnas. Los participantes deberán tomar previsiones para las mismas.  Están prohibidas las PC nocturnas en caminos de tierra.

La bandera roja impuesta por el Director de la Prueba o el Comisario Deportivo obliga a la inmediata detención.

8.2) Largada:

Se podrá identificar con una pancarta ó bandera de color rojo. A 50 metros aproximadamente antes de la misma se podrá colocar una pancarta ó bandera. Ambas pancartas determinarán una zona a la cual los competidores podrán acceder exclusivamente cuando les falte (1) un minuto para su hora de largada.

Queda totalmente prohibido el estacionamiento sobre la banquina izquierda para los competidores y sus auxilios.

Queda expresamente prohibido la realización de “ceritos” o “zig zag” en la ruta, a los efectos de acomodar el odómetro.

Todo vehículo distinto al de los participantes podrá estacionar sobre la banquina derecha a partir de los 200 metros de la referencia de largada.

El intervalo de tiempo de largada entre los automóviles participantes queda a criterio del Organizador.

8.3) Búsqueda y apoyos:

Se llama de esta manera al sector inicial de la Prueba Cronometrada en el cual se definirán al menos cuatro referencias que informen el tiempo y la distancia, pudiendo ser una de las cuatro la que da comienzo a la zona de control.

 8.4) Zona de control:

Será un sector dentro del cual estarán ubicados el o los controles secretos, los autocontroles o autocontroles secretos. En caso que exista un cambio de velocidad dentro de la zona de control, el o los controles secretos, autocontroles o autocontroles secretos, no podrán estar ubicados antes de los 1000 metros posteriores de la referencia indicativa del cambio de velocidad. Sí podrán estar ubicados en la referencia indicativa del cambio de velocidad.

Prohibido detener el vehículo durante la totalidad de la zona controlada y hasta después de 500 mts de terminada la misma bajo pena de exclusión.

Salvo casos de fuerza mayor, es obligatorio durante toda la competencia (tanto en la zona de búsqueda como en la controlada), circular dentro del minuto de carrera  de cada tripulación.

Los controles utilizables en la prueba serán:

8.4 a) Controles Secretos:

Serán puestos de control ubicados en la ruta que tomarán la hora del paso de cada competidor en forma automática o manual. La penalización que le corresponde a un participante a su paso por los controles secretos se determinará según la diferencia real entre la hora que le correspondía pasar y la que verdaderamente pasó frente a los mismos, expresándola en centésimas de segundo. La máxima penalización a aplicar será de hasta seis (6) segundos.

8.4 b) Controles Horarios:

Serán puestos de controles ubicados a lo largo de la ruta e identificados en el Libro de Ruta, con una determinada hora de paso ideal. El competidor deberá hacer sellar su Carné de Ruta por el Control Horario. Para ello uno de los dos tripulantes debe depositar el Carné de Ruta sobre la mesa del Control Horario, con el auto a la vista, y en ese momento el Control Horario determinará la hora real de paso, y la anotará en el Carné de Ruta, debiendo firmar el mismo. El paso dentro del tiempo asignado no tendrá penalización.

El ingreso entre pancartas puede producirse a partir del minuto anterior correspondiente a la hora de sellado.

8.4 c) Autocontroles:

Serán las referencias a las que intencionalmente se ha omitido la información de los segundos y las centésimas.

Se computarán los tiempos establecidos al pasaje sobre una referencia en la ruta, los cuales quedarán registrados en los relojes oficiales de la prueba, asignados al uso de cada vehículo participante.

8.4 d) Autocontroles Secretos:

Serán los tiempos establecidos al pasaje sobre una referencia en la ruta, señalados mediante carteles específicos, los cuales quedaran registrados en los relojes oficiales de la prueba, asignados a cada vehículo participante.

Los Autocontroles Secretos serán tomados por los competidores en REFERENCIAS QUE SERAN INDICADAS POR LA DIRECCION DE LA PRUEBA y estas no se encontrarán informadas en las Hojas de Ruta.

8.5) Reenganches:

Se permitirá los reenganches para la etapa siguiente a aquellos vehículos que no hubieran completado íntegramente el recorrido de una etapa; con una penalización igual a la del último clasificado de su categoría en esa etapa más 5 segundos.

8.6) Sistemas de marchas:

Serán: A) REGULARIDAD EN RUTA; B) REGULARIDAD EN CIRCUITO. C) COMBINACION DE REGULARIDAD EN RUTA Y REGULARIDAD EN PISTA.

  1. REGULARIDAD EN RUTA:

Su finalidad es mantener distintos promedios de velocidad (fijos o a elección). Su desarrollo emana de los elementos dispuestos en la Hoja de Ruta y su objetivo se deberá lograr con el uso del instrumental autorizado del vehículo y el Material de Navegación autorizado.

Las Autoridades de la competencia podrán disponer en cualquier momento, antes, durante o después el desarrollo de cada Prueba, la verificación y revisación de un automóvil y el material de navegación, contenido de las computadoras o podrán colocar veedores en los automóviles, bajo pena de exclusión, en caso de negativa. Las autoridades de la prueba podrán solicitar a la tripulación compartir parte o la totalidad de la prueba a los efectos de verificar “in situ” los sistemas utilizados por la misma o se podrá instalar un sistema de cámara que permita el mencionado fin.

En cada inspección, las Autoridades de la competencia mantendrán la confidencialidad de la información obtenida de cada tripulación.

Los competidores retirarán su Hoja de Ruta, planilla de autocontroles y reloj oficial como mínimo treinta (30) minutos antes a su hora oficial de largada. Será de responsabilidad de los competidores obtener los relojes, chequeo de la hoja de ruta y planilla para verificar si se encuentra en forma completa y legible, asimismo deberán corroborar el funcionamiento y la sincronización del reloj.

La hora oficial de cada prueba será regida por el reloj oficial del CUAS.

  1. REGULARIDAD EN CIRCUITO.

En este tipo de prueba está permitido el uso de relojes.

Antes del comienzo de la prueba en circuito la dirección de la prueba establecerá el tiempo máximo y mínimo de la vuelta a emplear. La penalización será de 0,01 puntos por cada centésima de segundo de diferencia en cada vuelta, sin tolerancia.

La penalización máxima será de 6 puntos por vuelta.

No se permitirá ningún tipo de comunicación radial ni telefónica con el exterior del vehículo.

Se podrán inscribir por automóvil uno o dos participantes.

Las Autoridades de la Prueba informarán las mejores vueltas a computar que se tomarán para realizar la liquidación de resultados.

Cada participante deberá indicar en la Ficha de Inscripción, quién va a puntuar como PILOTO o COPILOTO para el Campeonato Nacional.

En el caso de las puntuaciones para el Campeonato Nacional, quien se inscriba y oficie de PILOTO llevará los puntos para el Campeonato de Pilotos y quien se inscriba y oficie de COPILOTO llevará los puntos para el Campeonato de Copilotos.

En las tandas de la competencia, podrán alternarse o no en el manejo, la tripulación inscripta en el vehículo participante teniendo en cuenta lo siguiente:

El ganador de las competencias de REGULARIDAD EN CIRCUITO será el vehículo que logre menor penalización en todas las tandas puntuables de la prueba.

Los competidores podrán participar solamente en un vehículo durante la competencia, cada tripulación podrá integrarse por un máximo de hasta 2 participantes.

El puntaje obtenido por cada participante en cada prueba, será tenido en cuenta para el Campeonato Nacional de Regularidad en Circuito 2016, en sus diferentes categorías, y de acuerdo a como se hayan inscriptos los participantes (Piloto y Copiloto)

El sistema de regularidad en pista será informado en el reglamento particular de cada competencia

  1. REGULARIDAD EN RUTA COMBINADO CON CIRCUITO.

El sistema de regularidad en pista será informado en el reglamento particular de cada competencia.

Se podrán realizar cualquiera de los (3) tres tipos de modalidad a saber:

  • Sistema con Zona de Búsqueda y Zona Controlada. En esta modalidad combinada, la penalización se tomará en cuenta como si fuese un Control Secreto.
  • Tandas en las que se tomaran las vueltas más parecidas entre sí. Quedará a criterio de la Direccion de la Prueba definir la cantidad de vueltas a considerarse, lo que se informará en la charla de pilotos y copilotos previo a la largada.
  • Se tomaran las vueltas más parecidas al tiempo informado por los competidores, en el formulario respectivo, previo a la largada. Quedará a criterio de la Direccion de la Prueba definir la cantidad de vueltas a considerarse, lo que se informará en la charla de pilotos y copilotos previo a la largada.

Artículo 9º.- Causales de exclusión de las Pruebas:

  1. Entablar comunicación de cualquier tipo con los demás competidores, o intercambiar información por cualquier medio con un tercero, sea competidor o no, relativa a tiempos de carrera o ubicación de controles, durante el transcurso de cada PC.
  1. Apartarse de las indicaciones de la Hoja de Ruta en forma que a juicio de las autoridades de la prueba fuera inconveniente.
  1. No respetar las indicaciones del personal de control.
  1. Adoptar actitudes que a juicio de las autoridades de la prueba, sean antideportivas.
  1. Invertir el sentido de marcha, regresando hacia atrás, por más de 50 metros, desde la primera referencia de una zona de búsqueda o controlada.
  1. No cumplir en su totalidad con el Artículo 6to.de este reglamento.
  1. No se podrá ingresar a una distancia menor a 50 mts. antes de la primera referencia de las zonas de búsqueda excepto durante los 60 segundos previos a su hora ideal de largada.
  1. Detener el vehículo en zona controlada

Artículo 10º.- OTRAS DISPOSICIONES:

  1. Se define como un kilómetro, la distancia que existe en la Ruta 1, en dirección al Oeste, entre los mojones de la derecha de la ruta, Km. 14 y Km. 15 y esa escala será respetada en todas las hojas de ruta. Se aceptarán como validas las diferencias que surjan en las mediciones oficiales debidas a la incidencia de factores tales como la temperatura exterior, la temperatura y presión de los neumáticos, los cambios en el pavimento, la humedad ambiente, etc. las que no serán superiores al 1% (uno por ciento, diez metros cada mil).
  1. Las referencias estarán todas ubicadas a la derecha del camino. Deberán estar claramente indicadas de manera que no se presenten dudas para su identificación. Si fuera necesario se apoyará la ubicación de las mismas relacionándolas con algún objeto material inamovible perfectamente definible (ESTAS SI PODRAN ESTAR A LA IZQUIERDA) como puentes, mojones indicadores de kilómetros, etc.
  1. Se considerará como Referencia Informada a la que tenga indicada la hora oficial de carrera correspondiente y la distancia entre ella y una anterior.
  1. El Director de la Prueba podrá reemplazar o clarificar cualquier tipo de referencia con banderas, banderines, cintas o carteles.
  1. Cuando en un mismo minuto aparezcan dos referencias iguales para indicar un autocontrol, o referencia informada será considerada como válida la primera referencia, si la Hoja de Ruta no indicara lo contrario.
  1. El puesto de control que reciba la planilla de autocontroles podrá estar indicado donde la Direccion de la Prueba lo disponga. La entrega se hará en la primera pasada por ese puesto de control.

 Artículo 11º.- CONTABILIZACION DE PUNTAJES Y PENALIZACIONES

  1. El puntaje de cada competidor surgirá de:

a-1) AUTOCONTROLES y AUTOCONTROLES SECRETOS.

a-2) CONTROLES SECRETOS.

a-3) CONTROLES DE SELLO.

a-4) DESCARTES.

  1. Se penalizarán los autocontroles, los autocontroles secretos y los controles secretos con 0,01 puntos por cada centésima de segundo de diferencia del tiempo informado con el ideal, y:

b-1) Para Categorías Velocímetro y Velocímetro Standard con una tolerancia de + 10 centésimas con respecto a la hora ideal.

b-2) Para Categoría Odómetro + 3 centésimas con respecto a la hora ideal.

  1. Los competidores dispondrán de 15 minutos a partir del tiempo oficial del puesto de control para entregar la planilla de autocontroles y relojes en lugar a indicar por la dirección de la Prueba.

El atraso se penalizará con 0,1 punto (diez centésimas de segundo) por cada minuto de demora.

  1. Al momento de la liquidación de resultados se tomarán como validos los tiempos proporcionados por el reloj que fuera asignado y la planilla (si fuera necesaria), indicando el número de memoria del reloj, correspondiente a cada autocontrol. El reloj oficial y la planilla de autocontroles, se le entregará al competidor al comienzo de la prueba.

Artículo 12º.- Controles de Sello

Se deberá ingresar en la zona comprendida entre la señal amarilla y la roja en la hora indicada y sellar entre el tiempo establecido como su tiempo de paso y los siguientes treinta minutos, y en ese caso no habrá penalización. De lo contrario la penalización será de 2 puntos.

El carné de ruta deberá ser sellado en el lugar establecido, estando el automóvil a la vista del personal de fiscalización, dentro de la zona señalada para dicho control.

Artículo 13º.- Descartes por Prueba o Etapa de la Prueba:

Para todas las categorías habrá una cantidad de descartes dependiendo de la cantidad de autocontroles, autocontroles secretos y controles secretos que hubiera en la competencia.

Los autocontroles, autocontroles secretos y controles secretos se computarán a los efectos de los descartes, de la siguiente manera:

  • Entre 1 y hasta 10 controles inclusive - 2 descartes.
  • Entre 11 y hasta 15 controles inclusive - 3 descartes.
  • De 16 controles o más – 4 descartes

Artículo 14º.- Resultados

En las pruebas, resultarán vencedores en la clasificación general de cada especialidad quienes hayan acumulado menos puntos en contra considerando todas las penalizaciones y descartes.

Desempates de las pruebas por orden:

  1. Según los resultados sin descarte.
  1. Según quien tuviera menos puntos en contra en: 1º) CONTROLES SECRETOS, 2º) AUTOCONTROLES SECRETOS y 3º) AUTOCONTROLES.
  1. El que haya participado con el automóvil más antiguo.
  1. De persistir el empate se premiara a los participantes con el mismo puesto en la competencia y puntos para el Campeonato respectivo.

Artículo 15º.- RECLAMACIONES:

Se regirá según el Reglamento Deportivo Nacional de la FUAD y el CDI de la F. I. A.

Las reclamaciones deberán ser presentadas en tiempo y forma de acuerdo a lo establecido por el CDI de la F.I.A.
Las reclamaciones deberán presentarse por escrito y acompañadas por la suma de U$S 1.500.- (dólares americanos un quinientos).
Las apelaciones deberán presentarse por escrito y acompañadas por la suma de U$S 2.000 (dólares americanos dos mil, o/oo)

Artículo 16º.- COMPORTAMIENTO:

Durante toda la competencia y durante todos los actos oficiales de las competencias los participantes y sus miembros de equipo, deberán respetar las indicaciones que reciban de las autoridades de las pruebas. Las inconductas, faltas y/o actitudes antideportivas determinarán la exclusión de la competencia pudiendo ser pasibles de mayores sanciones.

Artículo 17º.- PUBLICIDAD:

No se permitirá publicidad de carácter político, gremial, religioso, deportivo o de cualquier otra índole que pudiera resultar agraviante para otros participantes. Las publicidades oficiales deben estar colocadas y cumplir al respecto con lo que se disponga en los Reglamentos Particulares. Sera causal de exclusión la no observancia de esta norma. Aparte se permitirán otras publicidades hasta un máximo de 1.500 cm3 por lado del vehículo. La publicidad, se regirá por lo establecido en el CDI de la FIA y el RDN de la FUAD.

Artículo 18º.- RESPONSABILIDAD:

Por el solo hecho de participar, el piloto y el copiloto declaran conocer el presente reglamento, el Reglamento Particular de la prueba, el RDN de la FUAD y el CDI de la FIA, y asumen expresamente su responsabilidad personal, (frente al CUAS, los demás participantes y terceros) por su acatamiento y por el respeto de las reglamentaciones de tránsito vigentes, pudiendo ser objeto de las sanciones pertinentes.

Artículo 19º.- REGLAMENTOS PARTICULARES:

Los Reglamentos particulares de cada prueba que serán redactados por el Organizador o quien éste designe, no podrán modificar lo dispuesto en el presente Reglamento.

Artículo 20º.- EQUIPAMIENTO OBLIGATORIO:

  1. Extinguidor:

Un extinguidor mata fuego con manómetro que indique la carga, la cual deberá tener por lo menos 1,5 Kg. de capacidad, convenientemente fijado y al alcance del piloto o copiloto participantes. Tendrá que disponer de un seguro para evitar que se suelte la carga y en las Pruebas Especiales tendrá que ir sin el seguro puesto, a efectos de poder utilizarlo en forma instantánea de precisar hacerlo.

  1. Casco:

Los pilotos y copilotos deberán disponer de cascos reglamentarios protectores para poder participar de las pruebas de regularidad en circuito y regularidad en pruebas de tierra.

  1. Cinturones de Seguridad:

Cinturones de seguridad obligatorios que deberán estar en buen estado debiendo usarlos el piloto y el copiloto durante todo el transcurso de la prueba. Se admitirán las modificaciones o calidad de cinturones que superen las previsiones del fabricante.

  1. Otros:
  • Todo el sistema eléctrico en óptimo estado, indicadores de giro (si estaban previstos por el fabricante).
  • Dos luces traseras de posición, más función de stop al frenar y un espejo retrovisor.
  • Guardabarros en las cuatro ruedas, que cumplan con su función específica y cubran como mínimo la tercera parte del perímetro de cada rueda y un 70 % del ancho de la misma. No se permitirán neumáticos recapados.

Artículo 21º.- DISPOSICIONES PARA EL USO DE RELOJES

  • Cuando el reglamento así lo disponga, será de uso OBLIGATORIO para todas las pruebas del CUAS de Regularidad en Ruta y de Regularidad en Pista, el uso de dichos relojes.
  • Estos podrán ser de propiedad de los participantes (DEBERAN SER SIMILARES A LOS DEL CUAS), o bien serán entregados por el CUAS con una cláusula de responsabilidad a su devolución, con un costo que se incluirá en la inscripción de la prueba.
  • Será de responsabilidad del competidor el mal funcionamiento del reloj por falta de batería en el mismo.
  • El CUAS realizará cursos explicativos del manejo de los mismos.
  • Dichos relojes se podrán sincronizar con la hora de largada del reloj oficial del CUAS a riesgo del participante.
  • Junto con el reloj, el CUAS entregará un formulario en el cual se deberá anotar los datos del vehículo participante, los datos del reloj además de LOS NUMEROS DE MEMORIAS DE EL RELOJ PARA ASIGNAR A CADA AUTOCONTROL, la entrega del mismo será de responsabilidad del competidor.
  • Con dicho reloj se deberán tomar los tiempos de paso que se indican en la hoja de ruta como AUTOCONTROLES y también los tiempos de los AUTOCONTROLES SECRETOS. Luego de finalizada la prueba, estos serán descargados por las autoridades de la misma y tomados como verdaderos.
  • LOS TIEMPOS ASIGNADOS PARA CADA AUTOCONTROL SIN EXCEPCION DEBERAN FIGURAR EN LAS MEMORIAS DEL RELOJ QUE HAYA SIDO ENTREGADO POR LA DIRECCION DE LA PRUEBA, DE LO CONTRARIO SE TOMARA COMO OMISION DE TIEMPO.
  • POSIBLES CASOS ESPECIALES:
  1. Omisión de toma de tiempo. En caso de que el competidor OMITA una toma de tiempo, la penalización será de 6 seg (SEIS SEGUNDOS).
  • En caso de rotura del reloj de propiedad del CUAS por uso inapropiado, se le cobrará al competidor la suma de USD 250 (dólares estadounidenses doscientos cincuenta).
  • Los participantes que NO sean dueños de los relojes deberán entregarlo a las autoridades de la competencia una vez finalizada la competencia en el mismo estado que fuera recibido. De no hacerlo aduciendo razones de extravío o robo, deberán abonar la suma de USD 250 (dólares estadounidenses doscientos cincuenta) a efectos de su reposición.
  • En el caso que dentro de los + 6 segundos del tiempo ideal hubiera un único taqueo en reloj oficial, este será tenido en cuenta como el tiempo de pasada por el control sin importar lo que diga la planilla de autocontroles.

Si dentro de los + 6 segundos del tiempo ideal del control hubiera 3 o más taqueos en el reloj oficial se penalizará 6 segundos.

Si dentro de los + 6 segundos del tiempo ideal el competidor tuviera 2 taqueos en el reloj se recurrirá a la planilla de autocontroles para constatar cual es el tiempo correcto. Si no existiera número de memoria en la planilla de controles para este control se penalizará 6 segundos.

Artículo 22º.- ESPIROMETRIA.

Los pilotos y copilotos deberán aceptar el control de alcohol y anti-doping si así se dispone por las autoridades.

Artículo 23º.- CHEQUEO DE RELOJES

Están autorizados chequeos posteriores al tiempo de largada en la medida que no interfiera con otras actividades que deban desarrollar las autoridades.

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