REGLAMENTO GENERAL CUAS 2018 HOMOLOGADO

Reglamento General 2018 Homologado

 

REGLAMENTO GENERAL PARA LAS COMPETENCIAS DE LOS CAMPEONATOS NACIONALES Y URUGUAYOS Categorías Odómetro, Velocímetro y Velocímetro Standard y CAMPEONATO URUGUAYO Categoría “Odómetro Clase 1”, DE REGULARIDAD EN RUTA Y EN CIRCUITO “C.U.A.S 2018”

 

Artículo 1º: ORGANIZACION.

 

El Club Uruguayo de Automóviles Sport (CUAS), organiza los Campeonatos Nacionales Y URUGUAYOS de Regularidad 2018, de Automóviles Sport e Históricos, para socios del Club, invitados por la Comisión Directiva, y para aquellos vehículos y participantes que cuenten con la aprobación de la Comisión de Admisión; que se regirán por el CDI de la FIA, el RDN de la FUAD, el presente Reglamento General, y los Reglamentos Particulares de cada Prueba. Las pruebas serán fiscalizadas por la Federación Uruguaya de Automovilismo Deportivo (F.U.A.D.).

Artículo 2º: DESARROLLO, PRUEBAS PUNTUABLES, ADMISIBILIDAD y PUNTUACION.

  1. DESARROLLO:

Se realizarán los siguientes campeonatos por separado:

 

A-1) Modalidad VELOCIMETRO en Ruta:

 

  • Regularidad Pilotos con hasta 10 fechas. Se premiaran los 3 primeros puestos.

 

  • Regularidad Copilotos con hasta 10 fechas. Se premiaran los 3 primeros puestos.

 

A-2) Modalidad VELOCIMETRO STANDARD en Ruta:

 

  • Regularidad Pilotos con hasta 10 fechas. Se premiaran los 3 primeros puestos.

 

  • Regularidad Copilotos con hasta 10 fechas. Se premiaran los 3 primeros puestos.

 

A-3) Modalidad ODOMETRO y ODOMETRO CLASE 1 en ruta:

 

  • Regularidad Pilotos, con hasta 10 fechas. Se premiaran los 3 primeros puestos.

 

  • Regularidad Copilotos, con hasta 10 fechas. Se premiaran los 3 primeros puestos.

 

 

  1. PRUEBAS PUNTUABLES:
  2. Para el Campeonato de Regularidad en Ruta se consideran las 1000 Millas Sport e Históricos 2018 como 4 fechas.

 

  • El Organizador podrá anular, postergar o suspender la realización de alguna fecha o del campeonato por causas de fuerza mayor.

 

  1. ADMISIBILIDAD:

 

Serán admitidos para participar en los Campeonatos Nacionales y Uruguayos de Regularidad 2018, los automóviles Sport, los sedanes históricos con una antigüedad mayor a 20 años, y los que a juicio del organizador tengan  especial interés para la prueba. Serán considerados sedanes históricos aquellos automóviles cuyos modelos hayan tenido participación destacada en las pruebas nacionales o extranjeras, o que así lo justifiquen por su historia o diseño.

  1. PUNTUACION:

 

La puntuación para los Campeonatos Nacionales y Uruguayos de Regularidad C.U.A.S. 2018, corresponde a la posición obtenida al finalizar cada competencia puntuable para los Campeonatos, en cada una de las categorías ODOMETRO, ODOMETRO CLASE 1, VELOCIMETRO, VELOCIMETRO STD y CIRCUITO (PISTA).

 D1) CAMPEONATO NACIONAL Y URUGUAYO DE REGULARIDAD EN RUTA :

El campeonato Nacional Y URUGUAYO de Regularidad en Ruta se dividirá en 2 ruedas.

 

  • La primera serán todas las competencias de ruta efectuadas hasta el 1º de setiembre (con un máximo de 5 fechas).

En esta rueda no habrá descartes de etapas.

En ambas ruedas se puntuará cada fecha de la siguiente manera:

SISTEMAS DE PUNTAUCION PARA LOS CAMPEONATOS (PRIMERA Y SEGUNDA RUEDA)
PUESTO 10º
Puntos 30 25 22 20 18 16 14 12 10 9
PUESTO 11º 12º 13º 14º 15º 16º 17º 18º 19º 20º
Puntos 8 7 6 5 4 3 2 1 1 1

 

Para la definición de la primera rueda no habrá desempate. El puntaje se asignara de acuerdo a la posición obtenida. Por ejemplo: si hay dos primeros puestos; ambos llevarán 40 puntos para la segunda rueda y el siguiente clasificado llevará 36 puntos, y así sucesivamente para cualquiera de las posiciones que haya empate.

  • La segunda rueda, serán todas las fechas de regularidad en ruta a partir del 1 de setiembre hasta el final del Campeonato Nacional Y URUGUAYO de Regularidad en Ruta, con un máximo de 6

Los competidores iniciaran la segunda rueda del campeonato con los siguientes puntos de acuerdo a la clasificación obtenida en la primera parte.

 

CUADRO DE PUNTUACION INICIAL DE LA SEGUNDA RUEDA
PUESTO 10º
puntos 40 36 32 28 24 22 20 18 16 14
PUESTO 11º 12º 13º 14º 15º 16° 17°      
Puntos 12 10 8 6 4 2 1      

A partir del puesto 17 todos los participantes que hayan obtenido puntos en la primera rueda del campeonato iniciaran la segunda con un punto.

El campeonato se definirá por quién obtenga el mayor puntaje tomando en cuenta los puntos iniciales de la segunda rueda (VER ARRIBA CUADRO DE PUNTUACION INCIAL DE LA SEGUNDA RUEDA) más la suma de los puntos obtenidos en cada competencia de la segunda rueda y más los puntos por presentación en las pruebas de la primera rueda.

Para la segunda rueda se descartará el peor resultado en el cual haya participado, sin afectar los puntos obtenidos por presentación.

Se otorgarán 10 (diez) puntos extras por presentación, para ambas ruedas.

 Para puntuar para el campeonato, O PARA UNA COMPETENCIA, DEBERA FINALIZAR POR SUS PROPIOS MEDIOS LA COMPETENCIA.

EN EL CASO DE NO FINALIZAR LA COMPETENCIA, SOLO SE TOMARAN EN CUENTA LOS PUNTOS DE PRESENTACION PARA EL CAMPEONATO, siempre que como mínimo, se haya completado las dos terceras partes de los P.C. indicados en la hoja de ruta de la competencia. Para el resultado de dicho calculo se dividirá la cantidad de pc entre tres y se multiplicará por dos, tomándose en cuenta solo la parte entera de la operación (no se incluirá la parte decimal).

 Desempates:

Para el campeonato nacional Y URUGUAYO de regularidad en ruta (odómetro y velocímetro) al de mayor puntaje de la suma de las dos ruedas del campeonato, más los puntos por presentación.

De continuar el empate, se declarará campeón a quien haya obtenido mas cantidades de 1eros. Puestos, de persistir quien haya obtenidos mas 2dos. Puestos y de persistir quien haya obtenidos mas 3eros. Puestos, de persistir será por sorteo.

Artículo 3º: TIPOS DE REGULARIDAD

Habrá 3 modalidades diurnas y/o nocturnas:

 

  1. EN RUTA.(Con CUATRO categorías) CONTROL De MARCHA (odómetro), ODOMETRO CLASE 1, VELOCIMETRO y VELOCIMETRO STANDARD.

 

  1. EN CIRCUITO.

 

  1. PRUEBAS COMBINADAS EN RUTA Y PISTA, con CUATRO categorías CONTROL DE MARCHA (odómetro), ODOMETRO CLASE 1, VELOCIMETRO, y VELOCIMETRO STANDARD.

Artículo 4º: INSCRIPCIONES:

Las inscripciones se llevarán a cabo en las oficinas del CUAS, Edil Hugo Pratto 2325 en el horario de 15 a 21 horas de lunes a viernes.

Los plazos de las inscripciones para participar de las fechas puntuables en los Campeonatos Nacionales Y Uruguayos de Regularidad CUAS 2018 serán estipulados en cada Reglamento Particular.

Será obligatorio para la inscripción, presentar cedula de identidad, libreta de conducir (vigente), carné habilitante de piloto de la FUAD y/o licencia de FUAD PARA REGULARIDAD. De faltar cualquiera de estos documentos, deberán ser presentados antes de la largada de la competencia, a las autoridades respectivas, las cuales de no mediar impedimento autorizarán la entrega de la hoja de ruta y reloj de carrera respectivos.

 Artículo 5º: PARTICIPANTES:

Participarán hasta dos tripulantes por automóvil, durante el desarrollo de las competencias de regularidad, tanto en circuito, ruta o combinados (de acuerdo al artículo 3º), que serán los que figuren en la ficha de inscripción, y puntuarán para los Campeonatos Nacionales y Uruguayo CUAS del 2018, y/o para la competencia propiamente dicha, como piloto, el tripulante que conduzca el vehículo y como copiloto, el tripulante que acompañe al piloto en el 100% del recorrido de la prueba respectivamente.

SE PODRA PARTICIPAR CON HASTA TRES TRIPULANTES, LOS CUALES PUNTUARAN “SOLO” PARA LA CARRERA Y NO PARA EL CAMPEONATO.

El piloto (inscripto como tal) deberá conducir la totalidad de la competencia para puntuar por el Campeonato Nacional, en caso contrario puntuará solamente para la competencia

Los participantes deberán cumplir con las exigencias del C.D.I. de la F.I.A., el R.D.N., y las licencias habilitantes para regularidad expedidas por la F.U.A.D.

El piloto (Y QUIENES EVENTUALMENTE CONDUZCAN EL VEHÍCULO) deberá contar con licencia nacional de conductor vigente.

Artículo 6º: INSTRUMENTAL Y EQUIPAMIENTO.

 

  1. A) Instrumentos y equipamientos, Categoría CONTROL DE MARCHA

(ODOMETRO), para Campeonato Nacional de Regularidad en Ruta y categoría ODOMETRO CLASE 1 Campeonato Uruguayo (CUAS) de Regularidad en Ruta.

 

  1. A.1) Los velocímetros y odómetros deberán ser los originales del modelo y conservar su ubicación original, permitiéndose la modificación y/o reemplazo de sus componentes internos, así como la modificación de las aberturas para visualización de la distancia recorrida. En el caso de vehículos con instrumentos en millas, podrán ser modificados a kilómetros sin alterar su aspecto externo original.

 

Deben ser de funcionamiento mecánico, conectados al automóvil en el lugar de origen exclusivamente a través de una tripa en todos los casos. El recorrido de la misma será libre, así como la instalación de dispositivos mecánicos de reducción o de multiplicación, cuya ubicación deberá permitir el sellado de los mismos, no podrá tener “tees” de derivación y deberá ser una sola pieza entera.

Se permitirá la instalación de un velocímetro/odómetro que no corresponda al modelo original del automóvil, dentro de las disposiciones del párrafo anterior y siempre que:

  1. sea el único en funcionamiento a bordo de la unidad.
  2. no supere los 150 milímetros de diámetro externo.
  3. sea de una marca comercial y/o que haya sido equipo original de un vehículo homologable como GPA, o THU, o CUAS.
  4. Cuyo centro esté colocado por debajo del plano inferior horizontal determinado por la base del parabrisas.
  5. Cuyo centro esté colocado a una distancia máxima de quince (15) centímetros del plano vertical determinado por el eje de la columna de dirección.
  6. se encuentre orientado exclusivamente al campo de visión del piloto.
  7. no impida la normal disposición de las manos del piloto en el volante en acciones de viraje o marcha recta.
  8. mantenga la escala original impresa en el mismo.
  9. se permitirá la modificación y/o reemplazo de sus componentes internos, no así de los externos como cuadrante, aguja, abertura, vidrio, etc., por otros originales de un vehiculo homologable como GPA, THU y CUAS.

Velocímetro: Se admitirá un error de hasta un 20% en más entre la velocidad indicada por el instrumento y la velocidad oficial del Libro de Ruta.

Odómetro: Se admitirá un error de hasta un 20% en más entre la distancia medida por el  odómetro y la distancia oficial del Libro de Ruta.

Aquellos vehículos que originalmente cuenten sin parcializador de 100 mts. en el odómetro, podrán adaptar su último dígito para que cumpla esa función.

Aquellos vehículos que originalmente no cuenten con odómetro y el totalizador marque solo en kilómetros, podrán adaptar su último dígito para que cumpla esa función.

Del lado exterior del vidrio o material transparente está permitido el uso de lupas, luces y marcas correctoras y otros elementos o aparatos, que sirvan como apoyo visual de la posición de la aguja o de la marca del odómetro.

 

  1. A.2) En el caso de cuentarrevoluciones adicionales se permitirá una escala mínima y proporcionalmente constante desde 0 hasta 6.000 RPM, con un error de hasta 20% en más sobre lecturas efectuadas por el verificador técnico con un tacómetro digital. En la posición de 0 RPM la aguja debe apoyarse sobre un tope que impida un giro superior a 360º. Se prohíben los tacómetros digitales.

 

Se prohíbe cualquier tipo de indicador testigo del lado interno del vidrio del instrumento, así como indicadores luminosos o sonoros del lado externo del mismo.

El diámetro externo máximo de los mismos se fija en 150 milímetros.

Los Cuentarrevoluciones originales y/o adicionales no podrán tener ninguna llave que los desconecte o que cumpla otra función. Su funcionamiento debe ser continuo. La escala debe ser proporcional en todo su cuadrante.

  1. A.3) Queda terminantemente prohibida la utilización de cualquier elemento mecánico, eléctrico, electrónico, o de cualquier otra índole, que conectado al vehículo posibilite mantener, y/o compensar velocidades y medir distancias. Queda totalmente prohibido el uso del cuentavueltas digital.
  2. A.4) Se podrán utilizar relojes de cualquier tipo, calculadoras y/o computadoras, tablas de cálculo de velocidades, de factores de corrección, de permanencia, de recuperación, etc.
  3. A.5) La utilización de instrumentos de medición no prohibidos expresamente en este Reglamento y que no estén conectados al vehículo no está sujeta a restricción de ningún tipo.
  4. A.6) La sincronización de los cronómetros de los participantes con la hora oficial de la prueba sólo se permitirá realizar con el reloj expuesto para tal fin en la Largada.
  5. A.7) Si se reemplazara el velocímetro durante la prueba se deberá hacer entrega del reemplazado a los Comisarios Deportivos, que tendrán la facultad para hacer los controles que crean necesarios.
  6. A.8) Se prohíbe, bajo pena de exclusión, la tenencia en el automóvil de, mediciones de rutas, Hojas de Ruta de pruebas medidas total, o, parcialmente sobre carreteras en las que se desarrolle la competencia, de tablas o planillas que permitan obtener distancias o intervalos en cualquier unidad de medida entre indicadores carteles o referencias de cualquier tipo, que pudiera utilizarse para calcular tiempos entre ellos/as o el que les pudiera corresponder
  7. A.9) Se permitirá la instalación de instrumental adicional al original que sirva exclusivamente para el control de las funciones del motor.
  8. A.10) No se permitirá el uso de cortinas o similares.

 

  1. B) Instrumental y equipamiento Categoría VELOCIMETRO (AGUJA), para Campeonato Nacional de Regularidad en Ruta.
  2. B.1) Los velocímetros deberán ser los originales del modelo y conservar su ubicación original, permitiéndose la modificación y/o reemplazo de sus componentes internos, así como la modificación de las aberturas para visualización de la aguja. En el caso de vehículos con instrumentos en millas, podrán ser modificados a kilómetros sin alterar su aspecto externo original. A los efectos de los Campeonatos Nacionales Y URUGUAYOS de Regularidad, los velocímetros digitales originales no podrán tener una marcación equivalente inferior a 1 KPH.

Se admitirá un error de hasta un 20% en más entre la velocidad indicada por el instrumento y la velocidad oficial del Libro de Ruta.

Del lado exterior del vidrio o material transparente está permitido el uso de CAMARAS DE VIDEO, lupas, luces y marcas correctoras, que sirvan como apoyo visual de la posición de la aguja.

  1. B.2) En el caso de cuentarrevoluciones adicionales se permitirá una escala mínima y proporcionalmente constante desde 0 hasta 6.000 RPM, con un error de hasta 20% en más sobre lecturas efectuadas por el verificador técnico con un tacómetro digital. En la posición de 0 RPM la aguja debe apoyarse sobre un tope que impida un giro superior a 360º. Se prohíben los cuentarrevoluciones digitales.

Se prohíbe cualquier tipo de indicador testigo del lado interno del vidrio del instrumento, así como indicadores luminosos o sonoros del lado externo del mismo.

El diámetro máximo de la esfera externa no podrá ser mayor a 150 milímetros

Los Cuentarrevoluciones originales y/o adicionales no podrán tener ninguna llave que los desconecte o que cumpla otra función. Su funcionamiento debe ser continuo. La escala debe ser proporcional en todo su cuadrante.

Se permite el uso de cámara de vídeo para los cuenta revoluciónes.

 

  1. B.3) Queda terminantemente prohibida la utilización de cualquier elemento mecánico, eléctrico, electrónico, o de cualquier otra índole, que conectado al vehículo y por si solo posibilite mantener y/o compensar velocidades. Queda totalmente prohibido el uso del cuentavueltas digital.

 

  1. B.4) Se PERMITE el uso de computadores, calculadoras científicas,2 cámaras de video una para el velocimetro y la restante para el cuentavueltas y otros.

 

  1. B.5) Se podrán utilizar relojes de cualquier tipo, tablas de cálculo de velocidades, de factores de corrección, de permanencia y de recuperación.

 

  1. B.6) La utilización de instrumentos de medición no prohibidos expresamente en este Reglamento y que no estén conectados al vehículo no está sujeta a restricción de ningún tipo.

 

  1. B.7) La sincronización de los cronómetros de los participantes con la hora oficial de la prueba sólo se permitirá realizar con el reloj expuesto para tal fin en la Largada.

 

  1. B.8) Si se reemplazara el velocímetro durante la prueba se deberá hacer entrega del reemplazado a los Comisarios Deportivos, que tendrán la facultad para hacer los controles que crean necesarios.

 

  1. B.9) Se prohíbe, bajo pena de exclusión, la tenencia en el automóvil de mediciones de rutas, de Hojas de Ruta de pruebas medidas total o parcialmente sobre carreteras en las que se desarrolle la competencia, de tablas o planillas que permitan obtener distancias o intervalos en cualquier unidad de medida entre indicadores carteles o referencias de cualquier tipo, que pudiera utilizarse para calcular tiempos entre ellos/as o el que les pudiera corresponder.

 

  1. B.10) Se permitirá la instalación de instrumental adicional al original que sirva exclusivamente para el control de las funciones del motor.

 

  1. B.11) No se permitirá el uso de cortinas o similares, como así el oscurecimiento de vidrios.

 

  1. c) Instrumental y equipamiento Categoría VELOCIMETRO (AGUJA) STANDARD, para Campeonato URUGUAYO de Regularidad en Ruta.

 

  1. C.1) Los velocímetros Y CUENTAVUELTAS deberán ser los originales del modelo y conservar su ubicación original. En el caso de vehículos con instrumentos en millas, podrán ser modificados a kilómetros sin alterar su aspecto externo original.

 

Del lado exterior del vidrio o material transparente de los instrumentos, NO está permitido el uso de CAMARAS DE VIDEO SOLAMENTE SE PUEDEN PONER lupas, y marcas correctoras, que sirvan como apoyo visual de la posición de la aguja.

 

  1. C.3) Queda terminantemente prohibida la utilización de cualquier elemento mecánico, electrónico, o de cualquier otra índole, que conectado al vehículo posibilite mantener y/o compensar velocidades.

 

  1. C.6) La utilización de instrumentos de medición no prohibidos expresamente en este reglamento y que no estén conectados al vehículo no está sujeta a restricción de ningún tipo.

 

  1. C.7) La sincronización de los cronómetros de los participantes con la hora oficial de la prueba sólo se permitirá realizar con el reloj expuesto para tal fin en la Largada.

 

  1. C.8) Si se reemplazara el velocímetro durante la prueba se deberá hacer entrega del reemplazado a los Comisarios Deportivos, que tendrán la facultad para hacer los controles que crean necesarios.

 

  1. C.9) Se prohíbe, bajo pena de exclusión, la tenencia en el automóvil de mediciones de rutas, de Hojas de Ruta de pruebas medidas, total o parcialmente, sobre carreteras en las que se desarrolle la competencia, de tablas o planillas que permitan obtener distancias o intervalos en cualquier unidad de medida entre indicadores carteles o referencias de cualquier tipo, que pudiera utilizarse para calcular tiempos entre ellos/as o el que les pudiera corresponder.

 

  1. C.10) No se permitirá el uso de cortinas o similares.

 

 

Artículo 7º: HANDICAP PARA CATEGORIA ODOMETRO, VELOCIMETRO y VELOCIMETRO STANDARD Y ODOMETRO CLASE 1

 

7.1) Handicap y recargos para pruebas de ruta:

 

  • vehículos fabricados hasta el al 31/12/55, tendrán un hándicap de 30%.

 

  • vehículos fabricados desde el 01/01/56 hasta el 31/12/65, tendrán un hándicap del 15%.

 

  • Aquellos vehículos fabricados desde el 01/01/66 hasta 31/12/95, tendrán 0 (cero) de hándicap, esto significa que su penalización será exactamente la que surge de la liquidación al final de la etapa.

 

  • vehículos fabricados entre el 01/01/96 y el 31/12/2005, tendrán un recargo del 10%.

 

  • Vehículos fabricados con posterioridad 01/01/2006, tendrán un recargo de 15 %.

 

Artículo 7º: SISTEMA DE MARCHA Y TIPOS DE CONTROLES Y TOMA DE TIEMPOS.

 

Para la toma de tiempos en las competencias será utilizado el REGLAMENTO DE USO DE RELOJES.

 

Los vehículos participantes en competencia, no podrán ser remolcados ni empujados, por ningún otro vehículo o persona, sin excepciones. Solamente será permitido ser empujado hasta 50 metros a los efectos de la puesta en marcha en caso de problemas mecánicos.

 

La sustitución de un automóvil podrá hacerse hasta media hora antes de la largada oficial de una prueba, debiéndose dar aviso a las autoridades de la misma a efectos de la revisación correspondiente.

 

8.1) Pruebas Cronometradas (PC):

 

Son sectores de ruta que deben ser recorridos a una velocidad informada en el Libro de Ruta y que constan de: una largada, referencias con tiempo y distancia (búsqueda con apoyos), y una zona de control dentro de la cual estará el/los controles secretos, autocontroles o autocontroles secretos. Las mismas no podrán ser recorridas por los participantes una vez entregado y/o publicado el Libro de Ruta.

 

El Organizador podrá colocar banderas amarillas, bandas amarillas o carteles indicadores como referencias.

 

Podrán ser nocturnas. Los participantes deberán tomar previsiones para las mismas.

Están prohibidas las PC nocturnas en caminos de tierra.

 

La bandera roja impuesta por el Director de la Prueba o el Comisario Deportivo obliga a la inmediata detención.

 

8.2) Largada:

 

Se podrá identificar con una pancarta ó bandera de color rojo. A 50 metros aproximadamente antes de la misma se podrá colocar una pancarta ó bandera. Ambas pancartas determinarán una zona a la cual los competidores podrán acceder exclusivamente cuando les falte (1) un minuto para su hora de largada.

Queda totalmente prohibido el estacionamiento sobre la banquina izquierda para los competidores y sus auxilios.

Queda expresamente prohibido la realización de “ceritos” o “zig zag” en la ruta, a los efectos de acomodar el odómetro.

Todo vehículo distinto al de los participantes podrá estacionar sobre la banquina derecha a partir de los 200 metros de la referencia de largada.

El intervalo de tiempo de largada entre los automóviles participantes queda a criterio del Organizador.

 

8.3) Búsqueda y apoyos:

 

Se llama de esta manera al sector inicial de la Prueba Cronometrada en el cual se definirán al menos cuatro referencias que informen el tiempo y la distancia, pudiendo ser una de las cuatro la que da comienzo a la zona de control.

 

8.4) Zona de control:

 

Será un sector dentro del cual estarán ubicados el o los controles secretos, los autocontroles o autocontroles secretos. En caso que exista un cambio de velocidad dentro de la zona de control, el o los controles secretos, autocontroles o autocontroles secretos, no podrán estar ubicados antes de los 1000 metros posteriores de la referencia indicativa del cambio de velocidad. Sí podrán estar ubicados en la referencia indicativa del cambio de velocidad.

 

Prohibido detener el vehículo durante la totalidad de la zona controlada y hasta después de 500 mts de terminada la misma bajo pena de exclusión.

 

Salvo casos de fuerza mayor, es obligatorio durante toda la competencia (tanto en la zona de búsqueda como en la controlada), circular dentro del minuto de carrera  de cada tripulación.

Los controles utilizables en la prueba serán:

    8.4 a) Controles Secretos:

 

Serán puestos de control ubicados en la ruta que tomarán la hora del paso de cada competidor en forma automática o manual. La penalización que le corresponde a un participante a su paso por los controles secretos se determinará según la diferencia real entre la hora que le correspondía pasar y la que verdaderamente pasó frente a los mismos, expresándola en centésimas de segundo mas menos 5 centecimas. La máxima penalización a aplicar será de hasta seis (6) segundos.

 

 

8.4 b) Controles Horarios:

 

Serán puestos de controles ubicados a lo largo de la ruta e identificados en el Libro de Ruta, con una determinada hora de paso ideal. El competidor deberá hacer sellar su Carné de Ruta por el Control Horario. Para ello uno de los dos tripulantes debe depositar el Carné de Ruta sobre la mesa del Control Horario, con el auto a la vista, y en ese momento el Control Horario determinará la hora real de paso, y la anotará en el Carné de Ruta, debiendo firmar el mismo. El paso dentro del tiempo asignado no tendrá penalización hasta los 20 minutos, luego tendrá 10 segundos de penalización, hasta los 30 minutos, luego se da por abandono de la prueba.

El adelanto al ingreso de la hora de sellado, el cual estará informado en la hoja de ruta, tendrá una penalización de 10 segundos.

 

8.4 c) Autocontroles:

 

Serán las referencias a las que intencionalmente se ha omitido la información de LA HORA TOTAL

Se computarán los tiempos establecidos al pasaje sobre una referencia en la ruta, los cuales quedarán registrados en los relojes oficiales de la prueba, asignados al uso de cada vehículo participante.

 

8.4 d) Autocontroles Secretos:

 

Serán los tiempos establecidos al pasaje sobre una referencia en la ruta, señalados mediante carteles específicos, los cuales quedaran registrados en los relojes oficiales de la prueba, asignados a cada vehículo participante.

Los Autocontroles Secretos serán tomados por los competidores en REFERENCIAS QUE SERAN INDICADAS POR LA DIRECCION DE LA PRUEBA y estas no se encontrarán informadas en las Hojas de Ruta o automáticamente por sensores instalados en el vehículo.

 

8.5) Reenganches:

 

Se permitirá los reenganches para la etapa siguiente a aquellos vehículos que no hubieran completado íntegramente el recorrido de una etapa; con una penalización igual a la del último clasificado de su categoría en esa etapa más 5 segundos.

 

8.6) Sistemas de marchas:

 

Serán: A) REGULARIDAD EN RUTA; B) REGULARIDAD EN CIRCUITO. C) COMBINACION DE REGULARIDAD EN RUTA Y REGULARIDAD EN PISTA.

 

  1. REGULARIDAD EN RUTA:

 

Su finalidad es mantener distintos promedios de velocidad (fijos). Su desarrollo emana de los elementos dispuestos en la Hoja de Ruta y su objetivo se deberá lograr con el uso del instrumental autorizado del vehículo y el Material de Navegación autorizado.

 

Las Autoridades de la competencia podrán disponer en cualquier momento, antes, durante o después el desarrollo de cada Prueba, la verificación y revisación de un automóvil y el material de navegación, contenido de las computadoras o podrán colocar veedores en los automóviles, bajo pena de exclusión, en caso de negativa. Las autoridades de la prueba podrán solicitar a la tripulación compartir parte o la totalidad de la prueba a los efectos de verificar “in situ” los sistemas utilizados por la misma o se podrá instalar un sistema de cámara que permita el mencionado fin.

En cada inspección, las Autoridades de la competencia mantendrán la confidencialidad de la información obtenida de cada tripulación.

 

Los competidores retirarán su Hoja de Ruta, planilla de autocontroles y reloj oficial como mínimo treinta (30) minutos antes a su hora oficial de largada. Será de responsabilidad de los competidores obtener los relojes, chequeo de la hoja de ruta y planilla para verificar si se encuentra en forma completa y legible, asimismo deberán corroborar el funcionamiento y la sincronización del reloj.

 

La hora oficial de cada prueba será regida por el reloj oficial del CUAS.

 

  1. REGULARIDAD EN RUTA COMBINADO CON CIRCUITO.

 

El sistema de regularidad en pista será informado en el reglamento particular de cada competencia.

 

Se podrán realizar cualquiera de los (3) tres tipos de modalidad a saber:

 

  • Sistema con Zona de Búsqueda y Zona Controlada. En esta modalidad combinada, la penalización se tomará en cuenta como si fuese un Control Secreto.

 

  • Tandas en las que se tomaran las vueltas más parecidas entre sí (ejemplo: se toman las tres más parecidas, el tiempo del medio es el ideal, la diferencia de la menor de las tres contra el ideal y la mayor de las tres contra el ideal será la penalización). Quedará a criterio de la Direccion de la Prueba definir la cantidad de vueltas a considerarse, lo que se informará en la charla de pilotos y copilotos (anexo mediante) previo a la largada. La o las penalizaciones obtenidas de esta forma corresponderán a la cantidad de autocontroles para la carrera que indique la dirección de la prueba
  • Se tomaran las vueltas más parecidas al tiempo informado por los competidores, en el formulario respectivo y previo a la largada Quedará a criterio de la Direccion de la Prueba definir la cantidad de vueltas a considerarse, lo que se informará anexo reglamentario y en la charla de pilotos y copilotos previo a la largada.

 

  • Esta prueba dentro de la competencia se computará como un AUTOCONTROL O DOS SEGÚN EL PARTICULAR .

 

 

Artículo 9º.- Causales de exclusión de las Pruebas:

 

  1. Entablar comunicación de cualquier tipo con los demás competidores, o intercambiar información por cualquier medio con un tercero, sea competidor o no, relativa a tiempos de carrera o ubicación de controles, durante el transcurso de cada PC.

 

  1. Apartarse de las indicaciones de la Hoja de Ruta en forma que a juicio de las autoridades de la prueba fuera inconveniente.

 

  1. No respetar las indicaciones del personal de control.

 

  1. Adoptar actitudes que a juicio de las autoridades de la prueba, sean antideportivas.

 

  1. Invertir el sentido de marcha, regresando hacia atrás, por más de 50 metros, desde la primera referencia de una zona de búsqueda o controlada.

 

  1. No cumplir en su totalidad con el Artículo 6º de este reglamento.

 

  1. No se podrá ingresar a una distancia menor a 50 mts. antes de la primera referencia de las zonas de búsqueda excepto durante los 60 segundos previos a su hora ideal de largada.

 

  1. Detener el vehículo en zona controlada

 

Artículo 10º.- OTRAS DISPOSICIONES:

 

  1. Las referencias estarán todas ubicadas a la derecha del camino. Deberán estar claramente indicadas de manera que no se presenten dudas para su identificación. Si fuera necesario se apoyará la ubicación de las mismas relacionándolas con algún objeto material inamovible perfectamente definible (ESTAS SI PODRAN ESTAR A LA IZQUIERDA) como puentes, mojones indicadores de kilómetros, etc.

 

  1. Se considerará como Referencia Informada a la que tenga indicada la hora oficial de carrera correspondiente y la distancia entre ella y una anterior.

 

  1. El Director de la Prueba podrá reemplazar o clarificar cualquier tipo de referencia con banderas, banderines, cintas o carteles.

 

  1. Cuando en un mismo minuto aparezcan dos referencias iguales para indicar un autocontrol, o referencia informada será considerada como válida la primera referencia, si la Hoja de Ruta no indicara lo contrario.

 

  1. El puesto de control que reciba la planilla de autocontroles podrá estar indicado donde la Direccion de la Prueba lo disponga. La entrega se hará en la primera pasada por ese puesto de control.

 

Artículo 11º.- CONTABILIZACION DE PUNTAJES Y PENALIZACIONES

 

  1. El puntaje de cada competidor surgirá de:

 

a-1) AUTOCONTROLES y AUTOCONTROLES SECRETOS.

 

a-2) CONTROLES SECRETOS.

 

a-3) CONTROLES DE SELLO.

 

a-4) DESCARTES.

 

  1. Se penalizarán los autocontroles, los autocontroles secretos y los controles secretos con 0,01 puntos por cada centésima de segundo de diferencia del tiempo informado con el ideal, y:

 

b-1) Para Categoría Velocímetro más menos 5 centésimas.

 

b-2) Para la Categoría Velocímetro Standard más menos 5 centésimas con respecto a la hora ideal.En el caso de ser utilizados transponder no se aplicara el mas menos 5 centecimas. 

 

b-3) Para Categoría Odómetro mas menos 5 centésimas con respecto a la hora ideal.

 

b-4) Para Categoría Odómetro CLASE 1 mas menos 5 centésimas con respecto a la hora ideal.

 

  1. Los competidores dispondrán de 15 minutos a partir del tiempo oficial del puesto de control para entregar la planilla de autocontroles y relojes en lugar a indicar por la Direccion de la Prueba.

El atraso se penalizará con 0,1 punto (diez centésimas de segundo) por cada minuto de demora.

 

  1. Al momento de la liquidación de resultados se tomarán como validos los tiempos proporcionados por el reloj que fuera asignado y la planilla (si fuera necesaria), indicando el número de memoria del reloj, correspondiente a cada autocontrol. El reloj oficial y la planilla de autocontroles, se le entregará al competidor al comienzo de la prueba.

 

 

Artículo 12º.- Controles de Sello

 

Se deberá ingresar en la zona comprendida entre la señal amarilla y la roja en la hora indicada y sellar entre el tiempo establecido como su tiempo de paso y los siguientes treinta minutos, y en ese caso no habrá penalización. De lo contrario la penalización será de 2 puntos.

 

El carné de ruta deberá ser sellado en el lugar establecido, estando el automóvil a la vista del personal de fiscalización, dentro de la zona señalada para dicho control.

 

Artículo 13º.- Descartes por Prueba o Etapa de la Prueba:

 

Para la categoría ODOMETRO habrá una cantidad de descartes dependiendo de la cantidad de autocontroles, autocontroles secretos y controles secretos que hubiera en la competencia Y DEBIDAMENTE INFORMADO AL COMISARIO ACTUANTE LA CANTIDAD DE LOS MISMOS  AL COMIENZO DE LA PRUEBA PARA LA CATEGORIA ODOMETRO LOS DESCARTES PUEDEN SER DE DOS MANERAS y SERAN INFORMADOS EN LOS REGLAMENTOS PARTICULARES CORRESPONDIENTES:

 

  • LOS DESCARTES SERAN COMPUTADOS SOLO EN LOS ATRASOS (Y NO DE LOS ADELANTOS) DE LOS PEORES RESULTADOS OBTENIDOS SOBRE LOS IDEALES (ESTA MODALIDAD SERA SOLO PARA CATEGORIA ODOMETRO).

 

2) LOS DESCARTES SERAN COMPUTADOS A LOS ATRASOS Y LOS ADELANTOS DE LOS PEORES RESULTADOS OBTENIDOS SOBRE LOS IDEALES.

 

PARA LA CATEGORIA ODOMETRO los autocontroles, autocontroles secretos y controles secretos se computarán a los efectos de los descartes, de la siguiente manera:

  • Entre 1 y hasta 10 controles inclusive - 1 descartes.
  • Entre 11 y hasta 15 controles inclusive - 2 descartes.
  • De 16 controles o más – 3 descartes.

Para la categoría VELOCIMETRO LOS AUTOCONTROLES, LOS AUTOCONTROLES SECRETOS Y LOS CONTROLES SECRETOS SE COMPUTARAN A LOS EFECTOS DE LOS DESCARTES DE LA SIGUENTE MANERA:

  • ENTRE 1 Y 10 CONTROLES INCLUSIVE, 2 DESCARTES
  • ENTRE 11 Y 15 INCLUSIVE 3 DESCARTES
  • ENTRE 16 Y 20 INCLUSIVE 4 DESCARTES
  • ENTRE 21 Y MAS 5 DESCARTES

 

Para las categorías VELOCIMETRO STD y ODOMETRO CLASE 1 LOS AUTOCONTROLES, LOS AUTOCONTROLES SECRETOS Y LOS CONTROLES SECRETOS SE COMPUTARAN A LOS EFECTOS DE LOS DESCARTES DE LA SIGUENTE MANERA:

 

HASTA 10  INCLUSIVE CONTROLES 2 DESCARTES

HASTA 15 CONTROLES INCLUSIVE – 3 DESCARTES

HASTA 20 Y MAS CONTROLES  – 4 DESCARTES.

LOS GANADORES DE TODAS LAS CATEGORIAS, PARA LA SIGUIENTE COMPETENCIA QUE PARTICIPEN, CONTARAN DE UN DESCARTE MENOS. (EN EL CASO DE RESULTAR VENCEDOR LA PROXIMA COMPETENCIA SEGUIRA CON UN SOLO DESCARTE MENOS

EN EL CASO DE NO RESULTAR VENCEDOR EN LA PROXIMA COMPETENCIA, RECUPERARA LA TOTALIDAD DE LOS DESCARTES ASIGNADOS POR ESTE REGLAMENTO.

Artículo 14º.- Resultados

En las pruebas, resultarán vencedores en la clasificación general de cada especialidad quienes hayan acumulado menos puntos en contra considerando todas las penalizaciones y descartes.

Desempates de las pruebas por orden:

 

  1. Según los resultados sin descarte.

 

  1. Según quien tuviera menos puntos en contra en: 1º) CONTROLES SECRETOS, 2º) AUTOCONTROLES SECRETOS y 3º) AUTOCONTROLES.

 

  1. El que haya participado con el automóvil más antiguo.

 

  1. De persistir el empate se premiara a los participantes con el mismo puesto en la competencia y puntos para el Campeonato respectivo.

Artículo 15º.- RECLAMACIONES:

Se regirá según el Reglamento Deportivo Nacional de la FUAD y el CDI de la F. I. A.

 

Las reclamaciones deberán ser presentadas en tiempo y forma de acuerdo a lo establecido por el CDI de la F.I.A.

 

Las reclamaciones deberán presentarse por escrito y acompañadas por la suma de U$S 1.500.- (dólares americanos un quinientos).

 

Las apelaciones deberán presentarse por escrito y acompañadas por la suma de U$S 2.000 (dólares americanos dos mil, o/oo)

 

Artículo 16º.- COMPORTAMIENTO:

Durante toda la competencia y durante todos los actos oficiales de las competencias los participantes y sus miembros de equipo, deberán respetar las indicaciones que reciban de las autoridades de las pruebas. Las inconductas, faltas y/o actitudes antideportivas determinarán la exclusión de la competencia pudiendo ser pasibles de mayores sanciones.

Artículo 17º.- PUBLICIDAD:

No se permitirá publicidad de carácter político, gremial, religioso, deportivo o de cualquier otra índole que pudiera resultar agraviante para otros participantes. Las publicidades oficiales deben estar colocadas y cumplir al respecto con lo que se disponga en los Reglamentos Particulares. Sera causal de exclusión la no observancia de esta norma. Aparte se permitirán otras publicidades hasta un máximo de 1.500 cm3 por lado del vehículo. La publicidad, se regirá por lo establecido en el CDI de la FIA y el RDN de la FUAD.

Artículo 18º.- RESPONSABILIDAD:

Por el solo hecho de participar, el piloto y el copiloto declaran conocer el presente reglamento, el Reglamento Particular de la prueba, el RDN de la FUAD y el CDI de la FIA, y asumen expresamente su responsabilidad personal, (frente al CUAS, los demás participantes y terceros) por su acatamiento y por el respeto de las reglamentaciones de tránsito vigentes, pudiendo ser objeto de las sanciones pertinentes. La prueba se encuentra asegurada por póliza con el Banco de Seguros Nº 51885 / 0 (Vigencia 09/03/2019)

Artículo 19º.- REGLAMENTOS PARTICULARES:

Los Reglamentos particulares de cada prueba que serán redactados por el Organizador o quien éste designe, no podrán modificar lo dispuesto en el presente Reglamento.

Artículo 20º.- EQUIPAMIENTO OBLIGATORIO:

 

  1. Extinguidor: 

Un extinguidor mata fuego con manómetro que indique la carga, la cual deberá tener por lo menos 1,5 Kg. de capacidad, convenientemente fijado y al alcance del piloto o copiloto participantes. Tendrá que disponer de un seguro para evitar que se suelte la carga y en las Pruebas Especiales tendrá que ir sin el seguro puesto, a efectos de poder utilizarlo en forma instantánea de precisar hacerlo.

 

  1. Casco:

Los pilotos y copilotos deberán disponer de cascos reglamentarios protectores para poder participar de las pruebas de regularidad en circuito y regularidad en pruebas de tierra.

  1. Cinturones de Seguridad:

Cinturones de seguridad obligatorios que deberán estar en buen estado debiendo usarlos el piloto y el copiloto durante todo el transcurso de la prueba. Se admitirán las modificaciones o calidad de cinturones que superen las previsiones del fabricante.

  1. Otros:

 

  • Todo el sistema eléctrico en óptimo estado, indicadores de giro (si estaban previstos por el fabricante).
  • Dos luces traseras de posición, más función de stop al frenar y un espejo retrovisor.
  • Guardabarros en las cuatro ruedas, que cumplan con su función específica y cubran como mínimo la tercera parte del perímetro de cada rueda y un 70 % del ancho de la misma. No se permitirán neumáticos recapados.

 

Artículo 21º.- DISPOSICIONES PARA EL USO DE RELOJES

  • Cuando el reglamento así lo disponga, será de uso OBLIGATORIO para todas las pruebas del CUAS de Regularidad en Ruta y de Regularidad en Pista, el uso de dichos relojes.
  • Estos podrán ser de propiedad de los participantes (DEBERAN SER SIMILARES A LOS DEL CUAS y DEBIDAMENTE AUTORIZADOS POR LA DIRECCION DE LA PRUEBA PREVIAMENTE EN LA LARGADA), o bien serán entregados por el CUAS con una cláusula de responsabilidad a su devolución, con un costo que se incluirá en la inscripción de la prueba.
  • Será de responsabilidad del competidor el mal funcionamiento del reloj por falta de batería en el mismo.
  • El CUAS realizará cursos explicativos del manejo de los mismos.
  • Dichos relojes se podrán sincronizar con la hora de largada del reloj oficial del CUAS a riesgo del participante.
  • Junto con el reloj, el CUAS entregará un formulario en el cual se deberá anotar los datos del vehículo participante, los datos del reloj además de LOS NUMEROS DE MEMORIAS DE EL RELOJ PARA ASIGNAR A CADA AUTOCONTROL, la entrega del mismo será de responsabilidad del competidor.
  • Con dicho reloj se deberán tomar los tiempos de paso que se indican en la hoja de ruta como AUTOCONTROLES y también los tiempos de los AUTOCONTROLES SECRETOS. Luego de finalizada la prueba, estos serán descargados por las autoridades de la misma y tomados como verdaderos.
  • LOS TIEMPOS ASIGNADOS PARA CADA AUTOCONTROL SIN EXCEPCION DEBERAN FIGURAR EN LAS MEMORIAS DEL RELOJ QUE HAYA SIDO ENTREGADO POR LA DIRECCION DE LA PRUEBA, DE LO CONTRARIO SE TOMARA COMO OMISION DE TIEMPO.
  • POSIBLES CASOS ESPECIALES:
  1. Omisión de toma de tiempo. En caso de que el competidor OMITA una toma de tiempo, la penalización será de 6 seg (SEIS SEGUNDOS).

En caso de rotura del reloj de propiedad del CUAS por uso inapropiado, se le cobrará al competidor la suma de USD 250 (dólares estadounidenses doscientos cincuenta).

 

  • Los participantes que NO sean dueños de los relojes deberán entregarlo a las autoridades de la competencia una vez finalizada la competencia en el mismo estado que fuera recibido. De no hacerlo aduciendo razones de extravío o robo, deberán abonar la suma de USD 250 (dólares estadounidenses doscientos cincuenta) a efectos de su reposición.
  • En el caso que dentro de los + 6 segundos del tiempo ideal hubiera un único taqueo en reloj oficial, este será tenido en cuenta como el tiempo de pasada por el control sin importar lo que diga la planilla de autocontroles.

Si dentro de los + 6 segundos del tiempo ideal del control hubiera 3 o más taqueos en el reloj oficial se penalizará 6 segundos.

Si dentro de los + 6 segundos del tiempo ideal el competidor tuviera 2 taqueos en el reloj se recurrirá a la planilla de autocontroles para constatar cual es el tiempo correcto. Si no existiera número de memoria en la planilla de controles para este control se penalizará 6 segundos.

 

Artículo 22º.- ESPIROMETRIA.

Los pilotos y copilotos deberán aceptar el control de alcohol y anti-doping si así se dispone por las autoridades.

Artículo 23º.- CHEQUEO DE RELOJES

Están autorizados chequeos posteriores al tiempo de largada en la medida que no interfiera con otras actividades que deban desarrollar las autoridades.

Artículo 24º.- DISPOSICIONES ESPECIALES 

Los participantes de la Categoría ODOMETRO CLASE 1, puntuarán para el Campeonato Nacional de Regularidad con los mismos descartes y los mismos márgenes de penalización que la Categoría ODOMETRO, de acuerdo a lo especificado en los Artículos 11º y 13º de este Reglamento General.

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